viernes, 14 de abril de 2017


Taller V - Aplicación de la Legislación Laboral


CONTRATOS DE TRABAJO

En la presente guía desarrollaremos los aspectos más relevantes en la elaboración de un contrato de trabajo, a fin de que el lector pueda desarrollarlo de manera rápida y sencilla los diferentes tipos de contratos de trabajo que se presentan en la actualidad. Así mismo pondremos a su disposición diversos modelos, jurisprudencias relevantes y una guía de usuario que serán de fundamental importancia para el contador, abogado, estudiante y operador del derecho laboral.

DEFINICIÓN En términos generales podríamos anotar que el contrato de trabajo es el acuerdo entre trabajador y empleador, por el cual el primero se compromete voluntariamente a prestar sus servicios bajo la subordinación del segundo, a cambio de una remuneración.

FORMAS DE CELEBRACIÓN  El contrato de trabajo a plazo intermedio puede ser celebrado en forma verbal o escrita, por lo que podemos señalar que no existe formalidades para su celebración, sin embargo, en los casos de los contratos sujetos a modalidad (que más adelante lo abordamos más detalladamente) y a tiempo parcial, sólo pueden ser celebrados en forma escrita, conforme a los establecido en la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (D.S. N° 003-97-TR).

FUENTE: 
LIBRO: ASESOR EMPRESARIAL
AÑO. 2014



 ¿Qué es un contrato de trabajo?


El Contrato es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa y diremos que es laboral, cuando además de los elementos de cualquier contrato (capacidad de las partes para contratar, consentimiento, causa lícita, objeto lícito), concurran los elementos esenciales de que trata el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, que dice:

Elementos esenciales.



1.    Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:
a)    La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo;
b)    La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de ordenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país; y,
c)  Un salario como retribución del servicio.



2.    Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen”.

Fuente: 
Autor: Daniela Sedes y Emma Neher
Nacionalidad: Venezuela
Año.2012



 TRABAJO

Para comenzar, diremos que etimológica-mente  hablando, la palabra "trabajo" proviene del verbo “trabajar” que  se origina del  latín “tripaliare”o torturar en su definición inicial.

Como puede observarse, su origen proviene de la antigua Roma  y nace a raíz del “TRIPALIUM”,  que en la antigüedad era  un  instrumento de tortura que consistía en un yugo hecho con tres (TRI) palos (PALIUM), es decir eran tres estacas cruzadas en donde se  amarraba e inmovilizaba a los esclavos  para azotarlos y torturarlos si no prestaban sus servicios o si se rebelaban contra el sistema imperante.

Con el paso del tiempo se fue derivando el término "tortura" por trabajo, ya que los descendientes de los esclavos al evocar el   “SUFRIMIENTO PRIMIGENIO DE SUS ANTEPASADOS“, lo empezó a asociar con una penalidad, un sufrimiento  para la persona y el término se empezó a aplicar a cualquier actividad que producía dolor en el  cuerpo.

Otro término  utilizado para designar ésta categoría es “LABOR”  que tiene su origen en la cultura griega, en la palabra “labeo” que significa tambalearse o vacilar por un gran peso, vease el mito de Sísifo,  es decir, el derecho laboral tiene orígenes dolorosos.


CONCEPTO DE TRABAJO.-

El trabajo, visto desde un enfoque jurídico debe entenderse como toda actividad humana, sea física o mental, destinada a la producción de bieneso la prestación de servicios.

El trabajo es un esfuerzo que realizamos los seres humanos encaminados hacia un fin determinado, que nos va a proporcionar una satisfacción:

Este fin  de trabajo hecho por el hombre puede ser:

a)   productivo o no,
b)   por cuenta ajena o propia,
c)   realizarse de forma libre o por cuenta ajena
d)    y de manera autónomo o subordinado.


POR LO TANTO, EL TRABAJO CONSISTE EN UNA ACCIÓN CONSCIENTE LLEVADA A CABO POR UN SUJETO DESTINADO A UN FIN PRODUCTIVO

CONCEPTO DE DERECHO DE TRABAJO.-

El derecho del trabajo constituye el conjunto de principios y normas jurídicas de carácter protector, dirigidos a regular las relaciones individuales o colectivas del trabajo existente entre el empleador y los trabajadores que en forma personal, libre y subordinada laboran a cambio de un ingreso económico.

El derecho de trabajo regula la relación jurídica entre empresarios y trabajadores con el Estado en lo referente al trabajo subordinado.

Fuente:
Autor: Carrillo Gonzales, Victor
Año: 2012
Nacionalidad: Peruana


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